CÓDIGO ÉTICO

DEL INSTITUTO DE CAPITAL RIESGO

 

El Instituto de Capital Riesgo (el “Instituto”), es una entidad sin ánimo de lucro, constituida como asociación, y como tal, y en orden al cumplimiento de los fines que le son propios según sus Estatutos Sociales, se halla comprometida con la observancia y aplicación de las mejores prácticas para las entidades de esta naturaleza. Este compromiso no solo alcanza al propio Instituto, sino que también se extiende a todas las personas asociadas al mismo, a los integrantes de su Junta directiva,  Comités y empleados,  así como también, en lo posible, a otras personas en las que no concurriendo estas condiciones, colaboran con el Instituto en la consecución de sus objetivos en calidad de docentes, investigadores, autores, revisores, patrocinadores y proveedores de servicios en general. A tal efecto, el Instituto se ha dotado de un conjunto de normas y principios básicos, que conforman su Código Ético, y que también abarcan y se extienden a los distintos ámbitos en los que el Instituto está llamado a desplegar su actividad para la consecución de sus objetivos.

1.- PRINCIPIOS GENERALES

 

El Instituto reconoce y acepta que la confianza pública constituye un valor esencial en toda entidad sin ánimo de lucro, y que su conducta y actividades generan un impacto en la sociedad que afecta a la percepción que pueda llegar a tenerse de aquel en el entorno en el que está llamado a operar y en la opinión pública en general. En consecuencia, y como asociación no lucrativa, el Instituto manifiesta su total y más firme compromiso con la observancia de las mejores prácticas para el fomento y preservación de esta confianza, evitando al propio tiempo todo comportamiento o actuación susceptible de minarla o erosionarla.

En particular, será objeto de especial cuidado y atención, la utilización de los recursos obtenidos de sus distintas fuentes de financiación, de suerte que aquella resulte modélica en términos de rectitud, responsabilidad y transparencia.

A tal efecto, el Instituto:

 

1.1.- CONTROLARÁ el origen y aplicación de los recursos que, a título de cuota asociativa, patrocinio o protectorado, se canalicen hacia el Instituto, asegurándose en particular, de que su utilización se corresponde con los fines y objetivos del mismo, de que los donantes, benefactores y fuentes de financiación en general, gozan de la reputación adecuada, y de que las condiciones asociadas, en su caso, a la recepción de los fondos, resultan apropiadas y razonables, y no son susceptibles de menoscabar la independencia de las decisiones del Instituto. 

1.2.- EVITARÁ la producción de conflictos de interés tanto en su funcionamiento interno como en sus relaciones con terceros, impidiendo en particular, que alguno de los miembros de sus órganos de gobierno o personal ejecutivo pueda llegar a influir con su voto en las decisiones por las que pueda verse afectado personalmente, así como también en lo tocante a la contratación de los servicios externos que el Instituto pueda requerir para el desarrollo de sus actividades, cuando resulte implicada una entidad u organización financieramente vinculada, directa o indirectamente, a alguna de las personas citadas quienes entonces, habrán de revelar, en su caso, la existencia de tales intereses y de abstenerse en todo caso en la votación que decida la adjudicación.    

1.3.- VELARÁ las retribuciones y/o compensaciones económicas de su personal de plantilla, asesores, colaboradores o voluntariado, de modo que se ajusten a lo que se considera razonable y apropiado, en el mercado y en la opinión pública, para una organización sin ánimo de lucro en la que, además, se espera de los miembros de sus órganos de gobierno, que desarrollen sus mejores esfuerzos y pongan a disposición del Instituto su capacidad, experiencia profesional, relaciones y prestigio, para prestar, de forma voluntaria y pro bono, el servicio que tengan encomendado, facilitando en particular, la captación de la financiación necesaria que asegure el funcionamiento del Instituto y su capacidad para cumplir su misión. 

1.4.- GARANTIZARÁ la publicidad, exactitud, independencia y transparencia de la información asociada a las actividades desarrolladas por el Instituto en cumplimiento de sus fines, y ello, tanto en el orden contable y administrativo como en el propiamente operativo y de organización interna, incluyendo en particular, el origen y aplicación de los recursos obtenidos, las relaciones con los donantes de fondos y las Administraciones Públicas, la estructura, composición y funcionamiento de sus órganos de gobierno junto a sus estatutos y reglamentos internos, así como cualquier compensación recibida por los miembros de su Junta Directiva, y todo ello, a través de los correspondientes estados financieros, memoria anual de actividades e informes especiales complementarios. 

1.5.- GESTIONARÁ de forma independiente, prudente y responsable, sin sujeción a consignas o instrucciones cualesquiera emanadas de partidos políticos, gobierno, empresas o terceros en general, planificando adecuadamente las actividades necesarias para la consecución de los fines fundacionales, administrando rectamente los recursos obtenidos y el presupuesto anual, evitando realizar inversiones o incurrir en gastos que no resulten congruentes y proporcionados con los objetivos perseguidos, y reinvirtiendo los excedentes financieros en actuaciones orientadas a una más rápida y eficaz consecución de los mismos.

2.- ÁMBITOS PARTICULARES DE ACTUACIÓN

2.1.- Ámbito académico y docente.

La actuación del Instituto como impulsor y organizador de actividades pedagógicas y formativas en materia de capital riesgo y finanzas corporativas, estará presidida por la búsqueda de la excelencia en la docencia y en la investigación dentro de su ámbito material, y a tal efecto, se compromete a facilitar la creación de un entorno y clima adecuados para la búsqueda y difusión del conocimiento observando y haciendo observar, por el cuerpo docente y los estudiantes, los siguientes principios básicos:

a)     Libertad de cátedra: el Instituto defenderá y respaldará la libertad de cátedra de su cuerpo docente que deberá  a su vez ejercerla de forma responsable y compatible con una enseñanza honesta y con la crítica o discrepancia que en ocasiones pueda manifestar frente a las corrientes de pensamiento dominantes.

b)    Debate académico: el Instituto animará el debate académico, fomentando la independencia de criterio y el libre intercambio de ideas entre alumnos y profesores y entre unos y otros entre sí.

c)     Investigación: el Instituto promoverá la investigación en el ámbito de su especialidad, y fomentará la difusión de sus resultados a través de publicaciones, conferencias, seminarios o en cualquier otra forma que considere apropiado.

d)    Evaluación y rendimiento académico: el Instituto desarrollará y aplicará procedimientos de evaluación del aprovechamiento de la enseñanza que sean eficaces, equitativos y contribuyan al aprendizaje.

e)     Relaciones entre alumnos y profesores: el Instituto vigilará para que los estudiantes sean tratados permanentemente con el respeto debido, oponiéndose a toda forma de acoso y discriminación, y evitando que las relaciones personales entre alumnos y profesores puedan afectar a sus relaciones profesionales.

f)      Confidencialidad de la información: el Instituto considerará como confidencial y se abstendrá de divulgar cualquier información relativa al alumnado o a la plantilla docente salvo que medie autorización del interesado o por imperativo legal.

2.2.- Ámbito editorial.

La actuación del Instituto como entidad editorial orientada al fomento y publicación de contenidos y trabajos en general, sobre capital riesgo, private equity y finanzas corporativas, se ajustará a las mejores prácticas para publicaciones académicas, cuya observancia y aplicación se extiende a todas las partes implicadas en el proceso editorial incluyendo no solo a la propia empresa editorial, sino también a los editores, a los pares o revisores y a los propios autores. En particular, el Instituto:

a)     Respetará la independencia editorial sin que razones políticas o intereses comerciales ejerzan influencia alguna en el proceso y decisión editoriales.

b)    Evitará la producción de conflictos de interés que puedan suscitarse con los autores, editores y revisores en las relaciones que éstos puedan  mantener entre sí o con terceros que puedan verse afectados con la publicación de los contenidos.

c)     Mantendrá la confidencialidad de los materiales recibidos y sujetos a admisión para su publicación.

d)    Fomentará la crítica y el debate académico en relación con los trabajos publicados.

e)     Sujetará los contenidos y materiales publicables a su previa revisión por pares de acuerdo al modelo que considere más adecuado a sus fines.

f)      Vigilará el fondo editorial, recibiendo quejas y adoptando medidas para la corrección de errores en relación con los materiales publicados.

2.3.- Ámbito financiero

La actuación del Instituto como impulsor, promotor, partícipe o colaborador de Entidades de Capital Riesgo se inspirará y guiará por los Principios para la Inversión Responsable adoptados por las Naciones Unidas, esforzándose para promover, en el  ámbito de la industria del capital riesgo, la aceptación de que las cuestiones ambientales, sociales, y de gobierno corporativo, pueden afectar al rendimiento de las carteras de inversión y, en consecuencia, deberán de tomarse en consideración y quedar incorporadas al proceso de análisis y decisión de invertir.

Adicionalmente, deberá fomentarse entre las entidades participadas, durante la fase de mantenimiento de la inversión la asunción y aplicación de estas cuestiones mediante su incorporación a los informes financieros anuales, y su publicación

2.4.- Ámbito profesional

La actuación del Instituto como consultor o asesor de instituciones públicas o privadas, empresas, emprendedores, inversores y otras partes implicadas o interesadas en el proceso del capital riesgo, reposa en la confianza que como institución transmite al entorno en el que opera, en función de sus actividades, del conocimiento atesorado por el conjunto de los miembros que lo integran y de la capacitación y profesionalidad de los mismos.

 

En este contexto el Instituto considera como valores esenciales que se compromete a respetar y hacer respetar en el ejercicio de sus actuaciones profesionales, la privacidad del cliente y la confidencialidad de la información, la objetividad e independencia de criterio, la integridad y honestidad en el ejercicio profesional, la ausencia de conflictos de interés y el respeto por el colectivo profesional dedicado al asesoramiento y por sus opiniones. 

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